NORMATIVA ACTUALIZA LA LEGISLACIÓN EN LA ERA TECNOLÓGICA
Viernes, 05 de agosto de 2022El Congreso de la República aprobó el Decreto 39-2022, Ley de Prevención y Protección Contra la Ciberdelincuencia, la cual tiene por objetivo la tipificación de figuras delictivas y la adecuación de normas penales existentes en las leyes vigentes, para hacer frente a la ciberdelincuencia en Guatemala, una de las actividades delictivas que ha ganado terreno por el auge del uso de dispositivos con conexión a internet.
Gracias a esta nueva Ley, la información personal de los guatemaltecos y del Estado en sí estará protegida de los ciberdelincuentes. Además, con esta legislación, Guatemala se convierte en el tercer país con una ley como tal, junto a El Salvador y Costa Rica.
Los diputados aprobaron la Ley de Prevención y Protección contra la .
— Congreso Guatemala (@CongresoGuate) August 5, 2022
Gracias a esta nueva ley la información personal e institucional de los guatemaltecos estará protegida de los ciberdelincuentes.
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Cabe destacar que, aunque en Honduras no existe una ley específica para el cibecrimen, dentro de su Código Penal sí está tipificado el delito informático con penas mayores. En Nicaragua se aprobó el Código Penal que detalla en uno de sus artículos el castigo por conductas punibles relacionadas al delito informático.
La nueva normativa que fue propuesta al Congreso por el Organismo Ejecutivo, venía gestionándose desde el comienzo de la actual legislatura. La Presidente del Congreso de la República, Shirley Rivera, en su calidad de Secretaria de Relaciones Interparlamentarias de la mesa directiva del Parlamento Latinoamericano y Caribe (Parlatino), abordó de la necesidad de legislar a nivel regional sobre este tema.
En ducha actividad, durante su discurso de apertura del Foro Parlamentario de Inteligencia y Seguridad: “Amenaza a la Prosperidad Social y Económica”, que se desarrolló en el Hemiciclo Legislativo, el 7 y 8 de marzo de este año, se refirió al tema. Además, entre los temad discutidos figuró el “Panorama de amenazas cibernéticas: organizaciones y motivaciones criminales, vectores de amenazas actuales y regulaciones gubernamentales”.
En dicha actividad que fue organizado por el Congreso de la República de Guatemala, el Gobierno de la República de Guatemala y Caribbean Bermuda & Latin América Crime Stoppers CBLA, formaron parte diputados, senadores, congresistas y expositores expertos de diferentes partes del mundo.
FACTORES IMPORTANTES DE LA LEY
Esta normativa actualiza la legislación nacional en esta nueva era tecnológica con la tipificación de delitos como el acoso por medio de medios cibernéticos, engaño con fines sexuales, delitos y faltas a la propiedad intelectual, robo de datos financieros, venta de información personal o corporativo, fraude y extorsión por medios digitales, entre otros, los cuales tendrán sanciones de 6 a 10 años de prisión y multas de 100 a mil salarios mínimos.
Además, entre otras medidas principales crea un Centro de Seguridad Institucional de Respuesta Técnica ante Incidentes Informáticos; crea alertas para detectar y dar atención a los casos de emergencia de ciberseguridad y ciberdefensa; y fomenta la realización de acciones para prevenir los ataques a datos o sistemas informáticos.
Con esta nueva Ley se perseguirá de manera integral la ciberdelincuencia, la cual es considerada como actividades delictivas de alcance nacional o transnacional, realizadas por medio de sistemas informáticos que tienen como objeto lesionar bienes jurídicos, personales, patrimoniales o informáticos de la víctima.
También estipula reglas procesales para incorporar los medios digitales que permitan la obtención de evidencias, pruebas electrónicas en el proceso penal y la creación de órganos competentes para una investigación eficaz.
Además, define el ciberdelito como la acción u omisión típica, antijurídica, ilícita, dolosa o culposa, imputable, continua o aislada de carácter penal, cometida contra personas individuales o jurídicas, que utilicen las tecnologías de la información para perjudicar a una víctima.
Ahora los jueces también podrán ordenar de manera eficaz el registro, secuestro o intervención de medios digitales y sus componentes físicos para ser utilizados como pruebas en los juicios contra los ciberdelincuentes.
A través del Ministerio de Gobernación (Mingob) se crearán Equipos de Respuesta ante Incidentes Cibernéticos, los cuales deberán ser certificados por organizaciones internacionales especializadas en la persecución de ciberdelincuentes.
Este nuevo Decreto, con 47 artículos, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Por: Rodrigo Méndez Y Karla Herrera
Fotos: Arte: Mario Sierra
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