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4335 |
Iniciativa que dispone aprobar reformas al decreto número 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo. -INGUAT- modifica los art. 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 24, 26, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 38, 39, 41 y 43, deroga el art. 36, modifica los nombres de los capítulos II Funciones, III Organización y Funciones y VII Fondo Nacional de Desarrollo Turístico Sostenible (FODESTUR). |
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4213 |
Iniciativa que dispone aprobar reformas al decreto número 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo. Adiciona un inciso d) al art. 21, relacionado a que tampoco estan afectas al impuesto las personas que visiten y salgan de Guatemala a través de cruceros marítimos internacionales, siempre y cuando su estadía no sea mayor de 72 horas. |
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3313 |
Iniciativa que dispone aprobar reformas al decreto número 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo. -INGUAT-. |
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4360 |
Iniciativa que dispone aprobar reformas al decreto número 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo. -INGUAT- Modifica el art. 21 Impuestos, modifica el art. 22 recaudación del impuesto de salida. |
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4787 |
Iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo. Reforma el art. 4, Con la finalidad de fomentar el turismo interno y receptivo. Reforma el art. 5, Son también funciones específicas del INGUAT. Reforma el art. 8, Modificado por el Artículo 1, del Decreto 22-71. Reforma el art. 9, Se crea como órgano superior del INGUAT. Reforma el art. 10, Los integrantes de la Junta Directiva. Reforma el art. 11, El funcionamiento de la Junta Directiva. Reforma el art. 12, Las atribuciones de la Junta Directiva son. Reforma el art 13, El Director General del INGUAT. Reforma el art 14, Queda derogado. Suprimido por el Artículo 7 del Decreto 22-71 del congreso de la República. Reforma el art 15, El reglamento de esta ley que deberá. Reforma el art 16, Para el nombramiento del Director General del INGUAT. Reforma el art 17, El Director General será el representante legal de la Institución. Reforma el art 18, El Subdirector General del INGUAT debe tener. Reforma el art 19, Cada Director de Área del INGUAT tendrá la obligación. Reforma el art 20, Modificado por el Artículo 12 del Decreto 22-71 del Congreso de la República. Reforma el art 21, Modificado por el Artículo 1, del Decreto 7-90 del Congreso de la República. Reforma el inciso c del art 21, Un impuesto a todos los guatemaltecos y extranjeros, residentes o no, que salgan del país. Reforma el art 22, La recaudación del Impuesto Fiscal por Salida del País. Reforma el art 23, Se conceden al INGUAT los siguientes beneficios. Reforma el art 24, Se entiende por visitante, la persona nacional o extranjera. Reforma el art 25, Todo visitante nacional y extranjero gozará. Reforma el art 26, El visitante internacional deberá ingresar al país con su pasaporte vigente. Deroga el art 27. Reforma el art 28, Se consideran empresas y actividades turísticas las siguiente. Reforma el art 29, Son obligaciones de las entidades turísticas mencionadas. Reforma el art 31, Modificado por el Artículo 15 del Decreto 22-71 del Congreso de la República. Reforma el art 32, El Instituto Guatemalteco de Turismo gestionará. Reforma el art 34, Los gobernadores y los alcaldes. Reforma el art 35, La violación a lo dispuesto por esta Ley. Reforma el art 36, Sin menoscabo de lo indicado en los incisos anteriores. Reforma el art 37, La Reincidencia en la misma infracción. Reforma el art 40, Todas las empresas dedicadas a las actividades turísticas. Reforma el art 41 La Junta Directiva del INGUAT debe quedar integrado. Reforma el art 42, Los ministerios, autoridades y dependencias públicas. Reforma el art 43, Quedan derogados los artículos 48 y 49 del Decreto 1701. Reforma el art 44, La presente ley entrará en vigor. Adiciona el art 37, Todas las empresas dedicadas a las actividades turísticas en la presente ley. Deroga los art 18, 48, y 49 del Decreto 1701 del Congreso de la República. |
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4544 |
Iniciativa que dispone declarar el 27 de septiembre de cada año "Día Nacional del Turismo" en la República de Guatemala. |
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4822 |
Iniciativa que dispone aprobar Ley del Fomento del Turismo Rural Comunitario. |
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3316 |
Iniciativa que dispone aprobar Ley Para la Promoción del Turismo en Comisiones Oficiales. |
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4250 |
Iniciativa que dispone aprobar ley que promueve el Turismo Interno. |
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4264 |
Iniciativa que dispone aprobar Ley de Responsabilidad Social y Ambiental de la Industria Turística. |
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4358 |
Iniciativa que dispone aprobar reformas al decreto número 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo. -INGUAT- Modifica el art. 41 Sanciones, adiciona los art. 41 bis, 41 ter, 41 quater, y modifica el art. 43 Reincidencia. |
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5222 |
Iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 42-2010 del Congreso de la República, Ley que promueve el turismo interno.
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5556 |
Iniciativa que dispone aprobar reforma al Decreto Número 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo. Se reforma el inciso b) del Artículo 21.
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5995 |
Iniciativa que dispone aprobar Ley de Fomento del Turismo Comunitario -TC-.
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6482 |
Iniciativa que dispone aprobar Ley de Promoción y Fomento de Zonas Turísticas Emergentes.
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