Congreso de la Republica de Guatemala: Noticias: CONGRESO APRUEBA LEY DE CONMUTACIÓN PARA LOS CONDENADOS A MUERTE
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Guatemala, Martes 9 de Febrero 2010, 10:33 hrs

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
Sexta Legislatura, 2008 - 2012
 Boletín Informativo
CONGRESO APRUEBA LEY DE CONMUTACIÓN PARA LOS CONDENADOS A MUERTE

Sinopsis: Con el voto favorable de más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República, fue aprobado el Decreto 06-2008, “Ley Reguladora de la Conmutación de la Pena para los Condenados a Muerte”. (Autor: Administración del Sitio , 12/Febrero/2008, 14:56 )

Dicha Ley establece que el Presidente de la República, le corresponderá conocer la solicitud de conmuta de la pena de muerte. En ningún caso podrá rechazarse el trámite de la solicitud o negarse a conocer de la misma.

A lo anterior agrega que, luego de haber agotados todos los recursos ordinarios y extraordinarios, el reo condenado a muerte podrá pedir la conmuta de dicha sentencia por la máxima prisión.

El Presidente de la República, deberá pedir el expediente judicial a donde corresponda, el cual tendrá que ser remitido dentro de las 24 horas siguientes, así como emitir la resolución dentro del plazo de 30 días, en la cual debe indicar la culpabilidad o inocencia del condenado con relación al hecho delictivo que motivo la imposición de dicha pena.

El Decreto 06-2008, indica que en caso fuere denegada la conmutación de la pena de muerte, el Presidente de la República comunicará el mismo día, al Presidente del Organismo Judicial, para que este la traslade al Juez correspondiente para que se proceda a ejecutar la pena impuesta.

En caso de haber concluido el plazo fijado para que el mandatario haya dictado resolución, se tendrá por denegado tácitamente el recurso. El juez de ejecución ordenará la aplicación de la pena dentro de las siguientes 24 horas.

En un artículo transitorio indica que, al entrar en vigencia la ley, los condenados tendrán un plazo de 30 días, para realizar la solicitud de conmuta de pena.

Redactado por: Héctor Solís.



 
 

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